Conforme a lo dispuesto en el artículo 539.2 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, Banco Santander, S.A. (el "Banco") ha habilitado el Foro Electrónico de Accionistas con el fin exclusivo de facilitar la comunicación entre los accionistas con ocasión de la convocatoria y hasta la celebración de la Junta General de Accionistas.
Los accionistas, una vez registrados, podrán enviar, para su publicación en el Foro, comunicaciones que tengan por objeto:
El acceso y uso del Foro queda exclusivamente reservado a los accionistas individuales del Banco así como a las asociaciones voluntarias de accionistas válidamente constituidas e inscritas en el registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores conforme a lo dispuesto en el artículo 539.2 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa de desarrollo. Dichas asociaciones podrán remitir para su publicación en el Foro ofertas o peticiones de representación voluntaria, aun cuando no participen en el capital del Banco.
A los efectos de que puedan acceder con las debidas garantías, los accionistas individuales y asociaciones voluntarias de accionistas deberán registrarse como usuarios del Foro Electrónico de Accionistas y obtener una clave de acceso.
Los accionistas tienen a su disposición cualquiera de las siguientes opciones para registrarse como usuario del Foro:
- presencialmente en una oficina de Banco Santander; o
- seleccionando el modo de “identificación automática online” y siguiendo las instrucciones previstas, que incluyen la acreditación de la identidad a través de un documento oficial de identificación y la firma digital del contrato sin necesidad de certificado electrónico; o
- en la dirección del Banco www.juntasantander.com, a la que se podrá acceder también a través la web corporativa del Banco (www.santander.com) con certificado electrónico CERES expedido por la Real Casa de la Moneda – Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (RCM – FNMT) o con DNI electrónico. No será posible la firma del contrato mediante certificado electrónico CERES ni DNI electrónico a través de dispositivos móviles.
Cuando el accionista sea una persona jurídica, no se le permitirá acceder a la segunda ni a la tercera opción y deberá, en su caso, cumplimentar y firmar el contrato en la Oficina. Por su parte, los accionistas no residentes en España o que presenten cualquier otra peculiaridad, deberán ponerse en contacto con el Banco a través de la dirección junta.accionistas@santander.com.
Si ya tiene su Clave de Acceso activada, puede acceder al Foro Electrónico de Accionistas.
Si lo desea, puede consultar las normas de funcionamiento del Foro.